Examine Este Informe sobre sistema de red contra incendios

6. Los generadores de aerosoles podrán utilizarse como extintores, siempre que cumplan el Efectivo Decreto 1381/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores de aerosoles, modificado por el Positivo Decreto 473/2014, de 13 de junio y dispongan de una evaluación técnica conveniente de la idoneidad para su uso previsto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de este Reglamento. Adentro de esta evaluación se deberá tomar en consideración que estos productos deben de cumplir con los requisitos que se les exigen a los extintores portátiles en las normas de aplicación, de forma que su capacidad de agonía, su fiabilidad y su seguridad de uso sea, al menos, la misma que la de un extintor portátil convencional.

Aún se entenderá cumplido este requisito si se realizan las operaciones que se indican en el «Programa de Mantenimiento Trimestral» de la norma UNE 23120.

– Las condiciones de uso previstas y el software de mantenimiento semanario con las operaciones que, como mínimo, requiera el producto durante su vida útil para poder ser usado de forma fiable.

c) En el caso de hidrantes que no estén situados en la vía pública, la distancia entre el emplazamiento de cada hidrante y el frontera exterior del edificio o zona protegidos, medida perpendicularmente a la exterior, debe estar comprendida entre 5 m y 15 m.

Una red contra incendios es un conjunto de elementos que trabajan de guisa coordinada para detectar, controlar y suprimir un incendio en sus etapas iniciales. Para certificar su efectividad, el diseño de estas redes debe cumplir con ciertos componentes básicos:

1. Se considerará cumplida la exigencia establecida en los artículos 10 y 15 de este Reglamento cuando la empresa instaladora o mantenedora, que se establece o Servicio ejerce la actividad en España, no obstante esté cubierta por un seguro de responsabilidad civil profesional u otra respaldo equivalente o comparable en lo esencial en cuanto a su finalidad y a la cobertura que ofrezca en Servicio términos de riesgo asegurado, suma asegurada o término de la aval en otro Estado miembro en el que no obstante esté establecida.

Asimismo pueden utilizarse para la ascendencia del humo tras el incendio, cuando se instala un sistema de supresión del incendio incompatible con un sistema de control de humos de los otros tipos indicados.

Nota 1: Respecto a las distancias de los altavoces a instalar cuando se usa el método prescriptivo (apartado 6.5.3), estas podrán ser superiores a las que se establecen como recomendación en dicho apartado siempre que se verifique que con el núúnico de dispositivos instalados se alcanza el nivel y calidad necesarios de sonido.

Durante el citado plazo de aplicación facultativa podrá optarse por aplicar el Reglamento de seguridad contra Servicio incendios en los establecimientos industriales admitido por el presente Verdadero decreto o, de lo contrario, deberá aplicarse el Reglamento válido con anterioridad, aceptado por el Positivo Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre.

El hasta ahora vigente reglamento de 2004 tenía por objeto conseguir un jerarquía suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de uso industrial. Para ello se establecen los requisitos que deben cumplir estos establecimientos, de forma que se prevenga la aparición de incendios o, si esto no fuera posible, se limite su propagación y se posibilite su cese, minimizando los daños que el incendio pueda producir a personas, riqueza y medioambiente.

Comprobación visual del buen estado general de los componentes del sistema, especialmente de los dispositivos de puesta en marcha y las conexiones.

Las modificaciones introducidas por las disposiciones finales tercera, cuarta, villa Mas información y sexta empresa de sst serán de aplicación obligatoria a los seis meses de la entrada en vigor del presente Efectivo decreto.

c) El resto de modificaciones realizadas en la disposición final primera serán de aplicación obligatoria a partir de seis meses desde la entrada en vigor del presente Efectivo decreto.

Integración con sistemas de rebato: La red debe estar conectada con sistemas de detección y aviso para alertar y activar medidas de protección.

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